¿ COMO INVERTIR EN BIENES RAICES EN PANAMA?
Si Usted compra mediante una Bienes Raíces, desconocerá los impuestos que deberá pagar luego de adquirida la propiedad, además, normalmente los contratos de compra y venta son de adhesión, por lo que el Comprador queda obligado legalmente a pagos, que por Ley le corresponden al Vendedor. Las Bienes Raíces les interesa que Usted compre al precio más elevado porque de ello depende su comisión (5%).
Offshore Investment Solutions le dará a Usted la garantía que lo que compra esta de acuerdo con la Ley, y que el valor es justo, además que le brindara asesoría sobre aspectos de protección de su inversión frente a los riesgos o demandas civiles, fiscales que pudiera generarse en el futuro.
¿Porque Invertir en Panamá?
DONALD TRUMP RECONOCE A PANAMA COMO PAÍS ATRACTIVO PARA LA INVERSIÓN INMOBILIARIA.
La credibilidad de los hombres de negocios en Panamá, es tan grande que, incluso DONALD TRUMP está construyendo su propio HOTEL en un área reconocida y costosa de nuestro país.
Todo esto le demuestra que nuestro país posee un sistema legal que le garantiza PROTECCION, PRIVACIDAD Y SEGURIDAD a la inversión extranjera.
Lo único que Usted necesita buscar es el asesoramiento adecuado para que su inversión sea protegida. Nosotros nos especializamos en sistemas de protección de bienes a nivel local e internacional.
Usted puede invertir en Bienes Raíces y obtener su Residencia Permanente de la siguiente manera:
1.Comprando un apartamento, finca, lote o casa por la suma de $200.000.00 (Doscientos mil dólares) a nombre propio.
2.Comprar una finca por la suma de $ 80,000.00 (Ochenta mil dólares)
y depositar la suma de $120,000.00 (Ciento veinte mil dólares) por
el término
de dos años en un banco local.
En cualquiera de los casos anteriores Usted necesita que dicha propiedad se mantenga a nombre propio por los dos años que dura el proceso de Residencia Permanente, ya que primer año recibirá un carnet valido por un año y al año siguiente Usted recibirá su Cédula Panameña o residencia indefinida.
Investigaciones necesarias
Compra de Bienes con Título de Propiedad:
1.INVESTIGAR si el mismo se encuentra LIBRE DE TODO GRAVAMEN
2.Si quien lo está vendiendo es EL VERDADERO DUEÑO INSCRITO.
3.Si quien lo vende es la persona AUTORIZADA para ello.
4.Si el bien se encuentra a paz y salvo con las diferentes Entidades gubernamentales.
5.Si, puede o no calificar para una hipoteca.
6.VERIFICAR SI USTED PUEDE ACOGERSE A ALGÚN BENEFICIO que brinda
nuestro país a las personas de la Tercera Edad.
7.Si el bien que desea adquirir POSEE ALGÚN BENEFICIO FISCAL.
Bienes Inmuebles sin título de propiedad (derechos posesorios)
Debe investigarse correctamente en que condiciones se encuentra registrado el Derecho Posesorio.
a.. Ciertas áreas de nuestro territorio aún pertenecen al Municipio, El Ministerio de Vivienda y Reforma Agraria y éstos se las otorgan a personas que prueban haber vivido en esa área por un determinado período de tiempo.
b.. Para que pasen a manos de los particulares debe mediar una resolución Administrativa que le conceda dicho título, el cual puede ser vendido a los extranjeros.
c.. Esta compra y venta, si bien es legal ES RIESGOSA, porque quien vende tiene que primero estar en posesión del bien por un determinado período de tiempo y tener una resolución.
Bienes Inmuebles sujetos, sólo a concesión
Los bienes inmuebles propiedad del estado, en áreas de las costas,
no pueden ser objeto de apropiación particular, sino que son otorgados
en concesiones o por término determinado para su uso o usufructo.
!CUIDADO CON LAS PROPUESTAS DE COMPRA DE ISLAS Y PROPIEDADES INSULARES!
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